82. De los siguientes planteamientos, ¿cuál NO sería resultado de la aplicación de los principios planteados en el Acuerdo 169 de la OIT y el artículo 246 de la Carta Política de 1991?

A. La autoidentificación, es decir, los gobiernos deben promover el reconocimiento grupal y de identidad colectiva de una comunidad basado en un único referente cultural.

B. El respeto a la identidad cultural, esto es, el reconocimiento de las lenguas indígenas como lenguas nacionales, la reevaluación de las políticas indigenistas, la etnoeducación y, en general, la dignificación de la cultura plural.

C. El derecho al arraigo y hábitat con respeto en la tierra y el territorio; después de todo, la lucha por el espacio vital ha definido en gran medida la supervivencia de las comunidades.

D. La organización social y costumbres jurídicas de los pueblos étnicos, dado que el desconocimiento de la organización social local y la costumbre jurídica contribuye al debilitamiento y desaparición potencial de las culturas.



Answer :

Final answer:

The answer explains the impact of applying the principles of ILO Agreement 169 and a constitutional article.


Explanation:

The subject of the question is: The impact of applying the principles of ILO Agreement 169 and Article 246 of the 1991 Political Constitution.

The answer: The statement that would NOT result from the application of these principles is the autoidentification concept, which suggests promoting recognition based on a single cultural reference, whereas the other statements align with the recognition of cultural diversity, rights to land, respect for indigenous languages, and social organization.

Examples:

  1. Respecting indigenous languages as national languages.
  2. Recognition of the importance of social organization and legal customs of ethnic communities.

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